Pasar al contenido principal

Evaluación de impacto ambiental

La evaluación de impacto ambiental (EIA) Proceso de evaluación de los daños que una sustancia, actividad o fenómeno natural pueden ocasionar al medio ambiente. Se incluyen la introducción de plantas modificadas genéticamente, el uso de plaguicidas o la propagación de plagas vegetales. considera el impacto en el medio ambiente causado por, por ejemplo, la introducción de plantas modificadas genéticamente, la utilización de determinadas sustancias en alimentos, piensos y productos fitosanitarios, o la introducción y la propagación de plagas vegetales.

En ámbitos específicos, como los OMG Un organismo modificado genéticamente (OMG) es un organismo que contiene material genético que se ha alterado deliberadamente y que no se produce de manera natural a través de la cría o la selección. o los plaguicidas, la legislación de la UE establece la obligación de que la EFSA realice la EIA Una evaluación de impacto ambiental (EIA) es el proceso de evaluación de los daños que una sustancia, actividad o fenómeno natural pueden ocasionar al medio ambiente. Se incluyen la introducción de plantas modificadas genéticamente, el uso de plaguicidas o la propagación de plagas vegetales..

Además de la EIA, la EFSA también valora los riesgos para la salud humana y animal derivados de contaminantes químicos o peligros microbiológicos que pueden estar presentes en el medio ambiente y, por tanto, entrar en la cadena alimentaria.

La EIA ayuda a los responsables de la formulación de políticas y a las autoridades reguladoras a tomar decisiones fundadas para la protección del medio ambiente.

Últimos datos

En julio de 2021 se comenzó a trabajar en una hoja de ruta que guiará el proyecto de la EFSA "Building a European Partnership for Environmental Risk Assessment" (PERA). Como primer paso en el desarrollo de la hoja de ruta, la EFSA y su contratista externo se han dirigido a las partes interesadas para recabar sus puntos de vista, opiniones y consejos. El objetivo de PERA es facilitar la transición hacia una evaluación de riesgos medioambientales más integrada -o basada en sistemas- que responda a las necesidades de la sociedad y a los objetivos políticos de la Unión Europea.

Papel de la EFSA

La EFSA presta asesoramiento científico independiente sobre todas las cuestiones que tienen una repercusión directa o indirecta en la seguridad alimentaria. Con el tiempo, la sostenibilidad de las prácticas de producción de los productos alimenticios se ha convertido en una preocupación importante. Esto se refleja en la legislación de la UE, que pide cada vez más a la EFSA que incluya una evaluación de impacto ambiental en su trabajo, especialmente en el caso de sustancias y productos regulados como los OMG, los aditivos alimentarios y los plaguicidas.

La EFSA tiene en cuenta la EIA en varios campos.

Fitosanidad

La Directiva 2000/29/CE del Consejo establece medidas de protección contra la introducción en la UE de organismos nocivos para plantas o productos vegetales y contra su propagación en la Unión Europea. Contiene listas de organismos nocivos que amenazan la fitosanidad en la Unión Europea.

La Comisión Técnica Fitosanitaria (PH) está desarrollando actualmente un documento de orientación para la evaluación de impacto ambiental que presentan las plagas vegetales. Una vez finalizado, el documento de orientación establecerá la metodología que debe aplicarse para realiza la EIA.

La EIA fitosanitaria permitirá a la EFSA evaluar la amenaza que representan las plagas vegetales, como invertebrados, enfermedades y plantas para la fitosanidad en Europa. También contribuirá a identificar posibles opciones de  gestión del riesgo Gestión de los riesgos que se han identificado en la evaluación de riesgos. Incluye la planificación, aplicación y evaluación de las medidas adoptadas al efecto para proteger a los consumidores, los animales y el medio ambiente. y a evaluar su  eficacia Calidad del funcionamiento de algo en relación con normas o expectativas predefinidas. para reducir los riesgos para el medio ambiente.

Plaguicidas

Las sustancias activas utilizadas en los plaguicidas solo pueden autorizarse si no tienen efectos nocivos para la salud humana y animal y no causan efectos inaceptables en el medio ambiente, teniendo en cuenta, en particular, la contaminación del agua y los efectos sobre organismos no diana (como aves, mamíferos, organismos acuáticos, abejas, artrópodos, organismos del suelo, flora). La EIA de los plaguicidas evalúa el impacto que tiene el uso de los plaguicidas en los organismos vivos no diana y en el suelo, el agua y la atmósfera.

La Unidad de plaguicidas de la EFSA coordina la revisión inter pares de las sustancias activas utilizadas en los plaguicidas en la Unión Europea. Los Estados miembros evalúan los datos presentados por las empresas que solicitan una autorización y realizan la EIA. Un Estado miembro ponente presenta a la EFSA el proyecto de informe de evaluación. A continuación, la EFSA revisa la EIA en estrecha colaboración con expertos científicos de los Estados miembros y con aportaciones de la Comisión Europea y la empresa. El público también puede hacer comentarios durante la revisión inter pares mediante una consulta pública abierta en el sitio web de la EFSA.

La Comisión Técnica de Productos Fitosanitarios y sus Residuos (PPR) de la EFSA ofrece asesoramiento científico sobre cuestiones que no pueden resolverse en la revisión inter pares de sustancias activas, o cuando son necesarias más documentos de orientación científicos sobre cuestiones más genéricas, habitualmente en el campo de la toxicología, la  ecotoxicología Estudio de los efectos adversos que tienen las sustancias, especialmente las químicas, sobre el medio ambiente y la salud pública., el destino y la conducta de los plaguicidas. La Comisión Técnica también revisa y actualiza los documentos de orientación existentes y desarrolla nuevos documentos de orientación para la evaluación del riesgo Ámbito especializado de las ciencias aplicadas que consiste en revisar datos y estudios científicos con el fin de evaluar los riesgos asociados a determinados peligros. Consta de cuatro etapas: identificación del peligro, caracterización del peligro, evaluación de la exposición y caracterización del riesgo. de plaguicidas.

Organismos modificados genéticamente (OMG)

En el marco de su trabajo en relación con la evaluación de la seguridad de los OMG, en todas las solicitudes de productos modificados genéticamente, la EFSA evalúa no solo los posibles efectos adversos para la salud humana y animal, sino también el impacto en el medio ambiente. Esto se deriva del marco jurídico para la liberación de OMG al medio ambiente.

La Comisión Técnica GMO de la EFSA evalúa la EIA de las plantas modificadas genéticamente y los microorganismos modificados genéticamente, realizada por empresas que solicitan una autorización de comercialización. En el futuro, la Comisión Técnica GMO de la EFSA también podrá participar en estas evaluaciones en el caso de animales modificados genéticamente.

La Comisión Técnica GMO tiene en cuenta, por ejemplo, si las plantas modificadas genéticamente tienen efectos adversos en organismos no diana; si son más persistentes o invasivos que sus homólogos convencionales, o cuál sería su impacto en la  biodiversidad Término utilizado para describir la variedad de los organismos vivos presentes en un ambiente específico. .

La Comisión Técnica GMO elaboró un documento de orientación para la evaluación del riesgo de las plantas modificadas genéticamente y de los alimentos y piensos derivados, que ayuda a los solicitantes a elaborar sus solicitudes. La Comisión Técnica GMO ha actualizado sus documentos de orientación de 2006 con respecto a la evolución de impacto ambiental, reforzando los requisitos de las solicitudes de productos modificados genéticamente presentadas a la EFSA para su evaluación en relación con la generación, la recogida y el análisis de datos. Asimismo, se ha elaborado un documento de orientación específico sobre la evaluación de los posibles efectos de las plantas modificadas genéticamente en organismos no diana. Los documentos de orientación revisados son el resultado de dos años de trabajo de científicos de toda Europa y demuestran el compromiso de la EFSA de mantenerse a la vanguardia de los últimos avances en el campo de la evaluación de impacto ambiental de las plantas modificadas genéticamente.

La legislación en materia de OMG exige a los solicitantes que vigilen los posibles impactos ambientales asociados al cultivo de OMG tras su introducción en la UE y que comuniquen periódicamente las conclusiones a los Estados miembros y a la Comisión Europea. Durante la fase de evaluación del riesgo previa a la comercialización, la Comisión Técnica GMO de la EFSA examina la calidad científica del plan de seguimiento medioambiental posterior a la comercialización propuesto por el solicitante. Dicho plan debe formar parte de la solicitud de un OMG destinado al cultivo en la UE. La Comisión Técnica también ha publicado un  dictamen científico Dictamen que puede incluir evaluaciones de riesgos relativas cuestiones científicas generales; evaluaciones de una solicitud de autorización de un producto, una sustancia o una alegación; o una valoración de una evaluación de riesgos. que ofrece orientación a los solicitantes sobre cómo elaborar dicho plan. En el caso de los OMG aprobados para cultivo, la Comisión Técnica GMO de la EFSA también podrá evaluar los informes anuales que contengan información recabada a partir del seguimiento de las plantas modificadas genéticamente autorizadas para cultivo en la UE.

Para evaluar eficazmente la seguridad de los animales modificados genéticamente para el medio ambiente, la Comisión Técnica GMO desarrollará documentos de orientación específicos para peces modificados genéticamente, insectos modificados genéticamente y mamíferos y aves modificadas genéticamente.

Aditivos para piensos

Los aditivos para piensos son productos que se añaden intencionalmente a la alimentación animal con el fin de mejorar la calidad de los piensos, la calidad de los alimentos de origen animal o mejorar el rendimiento y la salud de los animales. Pueden liberarse en el medio ambiente a través de las heces y la orina de los animales.

Antes de su autorización, todos los aditivos para piensos deben someterse a una evaluación de seguridad para asegurarse de que no tienen efectos adversos sobre la salud animal, la salud humana o el medio ambiente.

Para determinar el impacto ambiental de los aditivos para piensos, la Comisión Técnica de Aditivos y Productos o Sustancias Utilizados en los Piensos para Animales (FEEDAP) de la EFSA aplica un  enfoque escalonado Forma de organizar las evaluaciones toxicológicas para maximizar la eficiencia y minimizar el empleo de animales. Incluye una jerarquía (escalones) de ensayos que empieza por los que utilizan información existente o métodos biológicos simples antes de pasar a los ensayos en los que se emplean células y, en último lugar, animales vivos solo cuando sea necesario..

Un documento de orientación de la FEEDAP recoge toda la información sobre la EIA de los aditivos para piensos para entornos acuáticos y terrestres. Su finalidad es prestar apoyo a los solicitantes en la elaboración de expedientes y, al mismo tiempo, establece de forma transparente los principios que aplica la FEEDAP en la evaluación de impacto ambiental de los aditivos para piensos.

Marco de la UE

La EIA desempeña un papel fundamental en la consecución de los objetivos de Europa 2020, una estrategia planteada por la Comisión que establece una visión de la economía social de mercado europea para el siglo XXI. Uno de los principales objetivos de esta estrategia es la protección del medio ambiente y la EIA ayuda a fundamentar la toma de decisiones al respecto.

En la Unión Europea, diferentes organismos consultivos realizan la EIA bajo marcos jurídicos específicos. La EFSA lleva a cabo la EIA para algunos productos autorizados conforme a la legislación alimentaria de la UE, como plaguicidas, aditivos para piensos para animales o alimentos y piensos modificados genéticamente que pueden entrañar riesgos para el medio ambiente. Esta evaluación del riesgo debe realizarse de conformidad con la legislación pertinente.